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Zonas Francas

Régimen de Zonas Francas

Crea tu zona franca privada en cualquier parte de Panamá

Ley 32 de 5 de abril de 2011 (2011-04-05)

La Ley 32 de 2011 creó un régimen especial, integral y simplificado para el establecimiento y operación de zonas francas en Panamá. A diferencia de las zonas económicas especiales tradicionales (Colón, Panamá Pacífico), este régimen permite a inversionistas privados establecer zonas francas en cualquier ubicación del país. Las empresas en zonas francas gozan de 0% de impuesto sobre la renta en operaciones exteriores y exportaciones, con flexibilidad laboral que incluye horas extra al 25% (vs. 50% estándar). El promotor requiere una inversión mínima de B/.250,000 y al menos 2 hectáreas de terreno.

Beneficios

Beneficios Fiscales

ISR Operaciones Exteriores

0%

100% exención del Impuesto sobre la Renta para operaciones exteriores y transacciones entre empresas de zonas francas.

Ley 32 de 2011Art. 21p. 8

Impuesto de Dividendos

5%

5% de impuesto sobre dividendos sin importar la fuente de la operación.

Ley 32 de 2011Art. 21p. 8

Impuesto Complementario

2%

2% del impuesto complementario si no hay distribución de dividendos.

Ley 32 de 2011Art. 21p. 8

Impuesto de Capital

1%

1% anual sobre capital de negocios (mínimo B/.100, máximo B/.50,000).

Ley 32 de 2011Art. 21p. 8

Importación Equipos

0%

Exención de impuestos de importación para equipos, materiales y materias primas.

Ley 32 de 2011Art. 32p. 11

Flexibilidad Laboral

Horas Extraordinarias

25%

Recargo del 25% sobre horas extra (vs. 50% estándar del Código de Trabajo).

Ley 32 de 2011Art. 29p. 10

Trabajo Fin de Semana

50%

50% de recargo por trabajo en fin de semana.

Ley 32 de 2011Art. 29p. 10

Beneficios Migratorios

Visa de Inversionista

Residencia permanente para inversionistas con inversión mínima de B/.250,000.

Ley 32 de 2011Art. 31p. 11

Visa de Empleados

Permisos de residencia temporal para personal de empresas en zona franca.

Ley 32 de 2011Art. 31p. 11

Requisitos

Requisitos del Promotor

  • Inversión mínima de B/.250,000
  • Terreno mínimo de 2 hectáreas
  • Iniciar inversión dentro de 1 año del registro
  • Implementar programas de capacitación de trabajadores
  • Cumplir con normas ambientales

Requisitos de la Empresa

  • Invertir según especificaciones de la solicitud dentro de 1 año
  • Iniciar operaciones dentro de 2 años del registro
  • Contratar trabajadores panameños (excepto personal técnico/ejecutivo extranjero)
  • Proveer capacitación tecnológica
  • Cumplir con estándares ambientales y de seguridad
  • Presentar informes estadísticos anuales

Requisitos

  • Manufactura y ensamblaje
  • Procesamiento
  • Producción de alta tecnología
  • Centros de investigación científica
  • Instituciones de educación superior
  • Servicios logísticos
  • Servicios ambientales
  • Servicios de salud
  • Centros de capacitación especializada
  • Servicios generales
  • Servicios de aviación

Proceso de Aplicación

1

Solicitud de Licencia

Presentar solicitud ante la Comisión Nacional de Zonas Francas a través de la Secretaría Técnica del MICI.

90 díasMICI - Secretaría Técnica
2

Evaluación

La Comisión evalúa que se cumplan todos los requisitos establecidos en la Ley 32 de 2011.

Comisión Nacional de Zonas Francas
3

Otorgamiento de Licencia

Si cumple los requisitos, se otorga la licencia de zona franca y se registra en el sistema.

2 mesesMICI

Aviso Legal

La información proporcionada es de carácter orientativo y no constituye asesoría legal o fiscal. Consulte con asesores legales y fiscales para su caso específico. Las tarifas y requisitos pueden cambiar. Fuente: Ley 32 de 2011 y Decreto Ejecutivo 62 de 2017.

Última verificación: 2025-01-21

Fuente Oficial

Aplicar Ahora

Base Legal

Ley 32 de 5 de abril de 2011

2011-04-05

Artículos Citados

Art. 21p. 8

ISR Operaciones Exteriores

Art. 29p. 10

Horas Extraordinarias

Art. 31p. 11

Visa de Inversionista

Art. 32p. 11

Importación Equipos

Sectores Aplicables