La Ley 32 de 2011 creó un régimen especial, integral y simplificado para el establecimiento y operación de zonas francas en Panamá. A diferencia de las zonas económicas especiales tradicionales (Colón, Panamá Pacífico), este régimen permite a inversionistas privados establecer zonas francas en cualquier ubicación del país. Las empresas en zonas francas gozan de 0% de impuesto sobre la renta en operaciones exteriores y exportaciones, con flexibilidad laboral que incluye horas extra al 25% (vs. 50% estándar). El promotor requiere una inversión mínima de B/.250,000 y al menos 2 hectáreas de terreno.
Beneficios
Beneficios Fiscales
ISR Operaciones Exteriores
0%100% exención del Impuesto sobre la Renta para operaciones exteriores y transacciones entre empresas de zonas francas.
Impuesto de Dividendos
5%5% de impuesto sobre dividendos sin importar la fuente de la operación.
Impuesto Complementario
2%2% del impuesto complementario si no hay distribución de dividendos.
Impuesto de Capital
1%1% anual sobre capital de negocios (mínimo B/.100, máximo B/.50,000).
Importación Equipos
0%Exención de impuestos de importación para equipos, materiales y materias primas.
Flexibilidad Laboral
Horas Extraordinarias
25%Recargo del 25% sobre horas extra (vs. 50% estándar del Código de Trabajo).
Trabajo Fin de Semana
50%50% de recargo por trabajo en fin de semana.
Beneficios Migratorios
Visa de Inversionista
Residencia permanente para inversionistas con inversión mínima de B/.250,000.
Visa de Empleados
Permisos de residencia temporal para personal de empresas en zona franca.
Requisitos
Requisitos del Promotor
- Inversión mínima de B/.250,000
- Terreno mínimo de 2 hectáreas
- Iniciar inversión dentro de 1 año del registro
- Implementar programas de capacitación de trabajadores
- Cumplir con normas ambientales
Requisitos de la Empresa
- Invertir según especificaciones de la solicitud dentro de 1 año
- Iniciar operaciones dentro de 2 años del registro
- Contratar trabajadores panameños (excepto personal técnico/ejecutivo extranjero)
- Proveer capacitación tecnológica
- Cumplir con estándares ambientales y de seguridad
- Presentar informes estadísticos anuales
Requisitos
- Manufactura y ensamblaje
- Procesamiento
- Producción de alta tecnología
- Centros de investigación científica
- Instituciones de educación superior
- Servicios logísticos
- Servicios ambientales
- Servicios de salud
- Centros de capacitación especializada
- Servicios generales
- Servicios de aviación
Proceso de Aplicación
Solicitud de Licencia
Presentar solicitud ante la Comisión Nacional de Zonas Francas a través de la Secretaría Técnica del MICI.
Evaluación
La Comisión evalúa que se cumplan todos los requisitos establecidos en la Ley 32 de 2011.
Otorgamiento de Licencia
Si cumple los requisitos, se otorga la licencia de zona franca y se registra en el sistema.
Aviso Legal
La información proporcionada es de carácter orientativo y no constituye asesoría legal o fiscal. Consulte con asesores legales y fiscales para su caso específico. Las tarifas y requisitos pueden cambiar. Fuente: Ley 32 de 2011 y Decreto Ejecutivo 62 de 2017.
Fuente Oficial
Aplicar AhoraBase Legal
Ley 32 de 5 de abril de 2011
2011-04-05
Artículos Citados
ISR Operaciones Exteriores
Horas Extraordinarias
Visa de Inversionista
Importación Equipos
