# SEM

> El régimen SEM (Ley 41 de 2007) permite a multinacionales con activos mayores a USD 200M o servicios a 7+ filiales establecer sede regional en Panamá con ISR del 5%, exención de dividendos, y visas especiales para expatriados. 185 empresas activas a dic 2024.

[Página canónica](https://investpanama.biz/es/incentivos/sem)

El régimen de Sedes de Empresas Multinacionales (SEM) fue creado en 2007 para atraer grupos empresariales multinacionales a establecer su centro de operaciones regional o mundial en Panamá. Una SEM es una oficina que tiene control de gestión en la región y brinda servicios a su casa matriz, subsidiarias o filiales en otros países. Desde Panamá, las empresas pueden coordinar operaciones para toda América Latina con beneficios fiscales, migratorios y laborales únicos.

## Beneficios

### Beneficios Fiscales

- **Impuesto sobre la Renta** (5%) — Tasa reducida sobre la renta neta gravable derivada de los servicios prestados.
  - _Fuente: Ley 41 de 2007, art. 21 — “Las empresas poseedoras de una Licencia de Sede de Empresa Multinacional estarán exentas del pago de Impuesto sobre la Renta...”_
- **Exención de Dividendos** (0%) — Exención del impuesto de dividendo, complementario e impuesto a las sucursales.
  - _Fuente: Ley 41 de 2007, art. 21_
- **ITBMS** (0%) — Servicios de exportación a entidades del grupo en el exterior no causan ITBMS.
  - _Fuente: Ley 41 de 2007, art. 22 — “Por tratarse de servicios de exportación, los servicios que brinde una empresa con Licencia de Sede de Empresa Multinacional no causarán Impuesto de Transferencia de Bienes Corporales Muebles y la Prestación de Servicios...”_
### Beneficios Migratorios

- **Visa SEM** — Visa de personal permanente SEM para el expatriado y sus dependientes (hasta 5 años, renovable).
  - _Fuente: Ley 41 de 2007, art. 27 — “La Visa de Personal Permanente de Sede de Empresa Multinacional será otorgada por un término no mayor al establecido en el respectivo contrato de trabajo... el cual no podrá ser mayor a cinco años”_
- **Dependientes Incluidos** — Cónyuge, hijos menores o menores de 25 años estudiantes, y padres del personal SEM.
  - _Fuente: Ley 41 de 2007, art. 26 — “La referencia a los dependientes de quien ostente una Visa de Personal Permanente de Sede de Empresa Multinacional alude al cónyuge, a los hijos menores de edad o menores de veinticinco años que sean estudiantes y a los padres...”_
- **Exención Seguro Social** — Exención de afiliación obligatoria a la Caja de Seguro Social mientras no solicite residencia permanente.
  - _Fuente: Ley 41 de 2007, art. 34 — “En virtud de que el poseedor de una Visa de Personal Permanente o Temporal de Sede de Empresa Multinacional estará temporalmente en Panamá, a este no se aplicará lo establecido en el artículo 77 de la Ley 51 de 2005, mientras no solicite su residencia permanente...”_
### Beneficios para Expatriados

- **Exención ISR Personal** (0%) — Exención del pago de Impuesto Sobre la Renta para personal expatriado (aplica solo a la empresa, no al empleado).
  - _Fuente: Ley 41 de 2007, art. 21 — “Esta exención solo se aplicará a la empresa y no a sus empleados.”_
- **Menaje de Casa** (0%) — Exención de arancel de importación por menaje de casa al trasladarse por primera vez a Panamá.
  - _Fuente: Ley 41 de 2007, art. 33 — “El poseedor de una Visa de Personal Permanente de Sede de Empresa Multinacional estará exento, al momento de trasladarse por primera vez a la República de Panamá, del pago de los impuestos que por motivo de su importación pudieran aplicarse a su menaje de casa.”_
- **Vehículo Personal** (0% / 2 años) — Exención del impuesto de importación de un vehículo para uso personal cada 2 años.

_La información proporcionada es de carácter orientativo y no constituye asesoría legal o fiscal. Consulte con asesores legales y fiscales para su caso específico. Las tarifas y requisitos pueden cambiar._
